Hogan Lovells 2024 Election Impact and Congressional Outlook Report
15 noviembre 2024
El 8 de junio de 2024 entró en vigor una importante reforma en materia de explotación laboral a través de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos.
Las jornadas de trabajo que excedan los límites legales semanales establecidos en la Ley Federal del Trabajo serán consideradas como explotación laboral.
En concreto, se consideran excesivas las jornadas de trabajo que superen las 9 horas extraordinarias semanales. Podría interpretarse que exigir tiempo extraordinario por encima de dicho límite se consideraría explotación laboral.
Las empresas que incurran en estas prácticas se enfrentarán a graves sanciones, entre las que se incluyen:
Multas: de 5.000 a 50.000 días multa; El día multa equivale a los ingresos diarios netos del sentenciado en el momento del delito, tomando en cuenta todos sus ingresos.
Prisión: de 3 a 10 años.
Estas sanciones pueden incrementarse hasta en un 50%, si los trabajadores afectados pertenecen a colectivos vulnerables, entre los que se encuentran:
Mujeres embarazadas
Personas con discapacidades físicas o psicológicas
Menores de dieciocho años
Adultos mayores
Miembros de comunidades indígenas y afromexicanas.
También hay un proyecto de ley pendiente que propone la reducción de la jornada laboral de 48 a 40 horas semanales. Si se aprueba, este cambio repercutirá aún más en los requisitos de cumplimiento y aumentará el riesgo de que las empresas caigan en escenarios de explotación laboral.
Manteniéndose informadas y proactivas, las empresas pueden evitar sanciones graves y contribuir a un entorno de trabajo justo y legal. Para obtener más información o realizar consultas específicas relacionadas con esta reforma, no duden en ponerse en contacto con nosotros.
En Hogan Lovells estamos listos para asistirlos.
Elaborado por: Mary Carmen Fuertes, Regina Torrero, Juan Pablo Vazquez y Almudena Cuesta.