Guía práctica concursal (IX): la fase de liquidación

En este episodio pretendemos dar respuesta a las dudas más habituales relativas a la liquidación de una compañía concursada. Trataremos, en particular, la apertura de la fase de liquidación, el plan de liquidación y algunos otros puntos relevantes.

La liquidación de una sociedad concursada puede comenzar de distintas formas y a solicitud de distintos actores.

El propio deudor puede solicitar la apertura de la fase de liquidación en cualquier momento del procedimiento concursal. Además, el deudor debe solicitar la apertura de la fase de liquidación si durante la vigencia del convenio le resulta imposible cumplir con los pagos comprometidos.

El administrador concursal puede asimismo solicitar la apertura de la fase de liquidación ante un cese total o parcial de la actividad profesional o empresarial de la concursada.

Además, en determinados casos tasados el juez del concurso abrirá la fase de liquidación de oficio. Esta apertura de oficio de la fase de liquidación se producirá cuando no se hubiese presentado ninguna propuesta de convenio en tiempo y forma, cuando no se hubiese aceptado ninguna propuesta de convenio, cuando se hubiese rechazado judicialmente una propuesta de convenio o se hubiese declarado su nulidad, o cuando el convenio aprobado hubiese sido declarado incumplido por resolución judicial firme.

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